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Reglamento de las Prestaciones Económicas [Actualizado 2019]

  • Foto del escritor: Yelzin AC
    Yelzin AC
  • 20 ago 2019
  • 2 min de lectura

El día de hoy se ha publicado el reglamento de reconocimiento y pago de las prestaciones económicas de la Ley 26490, mediante Decreto Supremo 013-2019-TR.


El presente reglamento aclara algunos clavos sueltos que existían sobre las prestaciones económicas o como muchos conocemos pago de subsidios.

Adicionalmente, se crea el Formulario Nº 1040 – Formulario para el pago de prestaciones económicas.


Reglamento de las Prestaciones Económicas

En primer lugar, revisemos la definición de términos que encontraremos en el presente reglamento.

Solo colocare algunos términos que me parecen interesantes recordar, si deseas conocer la lista completa, solo tienes que leer el reglamento.


Terminología Prestaciones Económicas

Beneficiario de prestación por Sepelio

Se considera al familiar directo del asegurado titular fallecido, según el siguiente orden de prelación: cónyuge o concubino(a) registrado como tal en EsSalud, hijo(a) mayor de edad, padre o madre o hermano(a) mayor de edad o terceros que realizan los gastos de los servicios funerarios ante el fallecimiento de un asegurado titular, cuyos gastos se encuentren debidamente acreditados con los comprobantes de pago respectivos.


Declaración de Entidad Empleadora de Días Laborados

Es la declaración que realiza la Entidad Empleadora respecto de los días laborados por sus trabajadores asegurados, presumiéndose entonces la existencia de trabajo remunerado. Actualmente se realiza a través del PDT – PLAME.


Formulario Nº 1040 – Formulario para Pago de Prestaciones Económicas

Es el documento mediante el cual el administrado (asegurado, Entidad Empleadora, tercero) requiere a EsSalud el abono del importe correspondiente a Prestaciones Económicas a que tuviese derecho.


Informe Médico de la Calificación de Incapacidades – IMECI

Es el Informe emitido por una Comisión Médica Calificadora de Incapacidades que califica la naturaleza de la incapacidad como temporal o no temporal.


Pago Directo

Es el pago de la prestación económica que EsSalud abona directamente al asegurado o beneficiario. Se pagarán bajo esta modalidad:

Lactancia y Sepelio: a todos los asegurados o beneficiarios.Incapacidad Temporal para el Trabajo y Maternidad:Trabajadores del hogar.Asegurados pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes.Trabajadores portuarios con baja temporal.Asegurados agrarios independientes.Otros que sean incorporados por ley.


Prestaciones Económicas

Comprende los subsidios por:

Incapacidad temporal para el Trabajo.Maternidad.Lactancia.Sepelio.


Mes de inicio de la contingencia

Es el mes en que ocurre la contingencia que genera el otorgamiento de la prestación económica.

Incapacidad Temporal para el Trabajo: Mes en que se inicia la incapacidad.Maternidad: Mes en que se inicia el período de descanso.Lactancia: Mes de nacimiento del/ de la hijo (a) de asegurado titular.Sepelio: Mes de fallecimiento del asegurado titular.


Validación de Certificado

Acto realizado por el Médico de Control que consiste en validar el Certificado Médico Particular y el Certificado de Salud expedido en el país o en el extranjero, a fin de otorgar el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo – CITT.



 
 
 

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